RFC-PAN-002

OpenBridge Policy – Nodo Panamá

Status: Informational
Version: 1.0
Date: 2026-07-06
Author: Network Operator – Panama Node
Scope: OpenBridge Interconnections

Abstract

Este documento establece la política oficial del Nodo Panamá para la implementación, administración y operación de enlaces OpenBridge con otros nodos o redes digitales. Su propósito es promover una interconexión estable, transparente y documentada, respetando la autonomía de cada operador participante.


1. Purpose

Definir los principios y requisitos para establecer enlaces OpenBridge entre el Nodo Panamá y otros nodos o redes, garantizando interoperabilidad sin comprometer la estabilidad del sistema.


2. Scope

Esta política aplica a todos los enlaces OpenBridge configurados por el operador del Nodo Panamá, independientemente de la red, país o comunidad con la cual se establezcan.


3. Principles


4. Link Requirements

Antes de habilitar un OpenBridge deberán cumplirse los siguientes requisitos mínimos:

La creación de un OpenBridge constituye un acuerdo técnico entre operadores y no implica dependencia administrativa entre los nodos participantes.


5. TalkGroup Classification

Para efectos de la documentación y operación del Nodo Panamá, los TalkGroups se clasifican de la siguiente manera. Esta clasificación constituye una política local del Nodo Panamá y no reemplaza las políticas de otras redes o proyectos federados.

5.1 Local TalkGroup (Local TG)

5.2 Federated TalkGroup (Federated TG)

5.3 Global TalkGroup (Global TG)

5.4 TalkGroup Lifecycle


Local TG
    │
    ▼
Federated TG
    │
    ▼
Global TG (cuando exista coordinación externa)

La transición entre estados nunca es automática y requiere coordinación y documentación.


6. Security

La seguridad de un OpenBridge constituye responsabilidad compartida entre los operadores participantes.

6.1 Authentication

6.2 Network Security

6.3 Monitoring


7. Failure Handling

Ante una falla de OpenBridge deberán seguirse los siguientes principios operativos:

  1. Detectar la pérdida del enlace.
  2. Confirmar el origen de la falla.
  3. Notificar al operador remoto cuando corresponda.
  4. Evitar reconexiones continuas que puedan afectar la estabilidad.
  5. Documentar la incidencia.
  6. Registrar la fecha y hora de recuperación.

La recuperación del servicio deberá realizarse procurando minimizar el impacto sobre la red.


8. Operational Guidelines

8.1 Maintenance

8.2 Configuration Changes

8.3 Communication


9. Final Statement

Un Open Bridge constituye un acuerdo técnico de interoperabilidad entre operadores independientes.

La existencia de un OpenBridge no implica transferencia de administración, propiedad ni autoridad sobre los servidores participantes.

Cada operador mantiene plena responsabilidad sobre la administración de su propio nodo.


Appendix A - OpenBridge Design Philosophy


Appendix B - Administrative Principles

Todo OpenBridge debe estar respaldado por acuerdos técnicos claros y documentados.
La documentación constituye la referencia oficial para la operación del enlace.
Las configuraciones no documentadas deberán considerarse temporales hasta su formalización.

References

  1. FreeDMR Project
    https://www.freedmr.uk/
  2. FreeDMR Information
    https://www.freedmr.uk/index.php/information/
  3. HBLink3 Project
    https://github.com/HBLink-org/hblink3

Disclaimer

Este documento define la política de OpenBridge del Nodo Panamá. No constituye documentación oficial del proyecto FreeDMR ni reemplaza las políticas específicas de otras redes, clusters o comunidades.